Abogado permiso penitenciario Valdepeñas y Ciudad Real

Derecho penitenciario

Solicitud permiso penitenciario

La solicitud del permiso penitenciario tiene como finalidad reinsertar al penado en la sociedad para disminuir los efectos negativos que puede traer consigo la prisión, procurando regenerar al individuo. Es un beneficio que se concede al prisionero y está sujeto a previo análisis de un equipo disciplinario que evaluará el comportamiento del sujeto y si el mismo no representa un peligro para la sociedad. 

Solicitud permiso penitenciario

¿Qué es un permiso penitenciario?

 

El permiso penitenciario es un mecanismo de reinserción del penado en la sociedad y está estipulado dentro del reglamento de prisiones.  Esta concesión se realiza previo monitoreo de la persona y se evaluarán las condiciones de salida, así como las restricciones a las que esté sujeto el beneficiado. 

El permiso penitenciario se otorga bajo ciertas consideraciones y aplica a ciertos acusados.  Esto dependerá del tipo de delito cometido, grado del prejuicio y comportamiento del recluso, que le valdrá la salida por tiempo limitado para que vaya preparándose para su próxima libertad.  El permiso penitenciario es autorizado por el Juez de Vigilancia una vez se haya realizado la solicitud ante el Centro Directivo

¿Cuál es el propósito del permiso penitenciario?

El permiso penitenciario es un derecho que nace con la finalidad de regenerar al penado, reinsertándolo en sociedad, para que establezca nuevamente lazos afectivos y pueda disminuir la carga negativa emocional que pueda traer consigo la privación de la libertad.  El derecho a este beneficio supone un aporte para su buen desenvolvimiento una vez sea excarcelado. 

Forma parte de la adaptación del sujeto y también, un mecanismo de prueba.  Es sabido que el prisionero puede generar estados de ansiedad ante el encierro, por lo tanto se crea esta licencia como vía de preparación para el posterior desenvolvimiento natural en el exterior de la prisión. 

Tipos de Permiso Penitenciarios

Los permisos penitenciarios varían de acuerdo a las circunstancias que motivan la solicitud y estos pueden ser:

  1. Ordinarios: se solicita ante la mesa técnica de prisión y se concede con la finalidad de arraigar socialmente al individuo para que pueda mitigar los efectos negativos que este pueda tener debido al ingreso a la cárcel.  Esta solicitud se realiza con el acompañamiento del equipo técnico y está sujeta al Reglamento Penitenciario con las siguientes consideraciones:
  • Tiene un tiempo máximo de siete días por período hasta un total de treinta y seis o cuarenta y ocho días de licencia dependiendo del grado penitenciario en que se encuentre el penado, que esto se fija de acuerdo al delito cometido.  Normalmente corresponde a delitos menores (segundo y tercer grado)
  • No se computan los días en que el privado goce de un permiso extraordinario
  • No se suman los fines de semana para aquellos que se encuentran bajo régimen abierto y cuyas salidas hayan sido programadas bajo ciertas excepciones especiales
  1. Extraordinarios: Está determinado por la naturaleza que haya motivado a la solicitud, que pudiera ser la necesidad de un chequeo médico fuera de la prisión, muerte de un familiar directo o nacimiento de hijo.    En muchos casos las salidas de este tipo son un poco más limitadas, puede ir acompañado o esposado según sea el caso
  2. Salidas en fines de semana: otorgada a aquellos privados por delitos menores o clasificados en tercer grado, a lo que se le llama régimen abierto.  Este permiso no se computa a los permisos ordinarios ni extraordinarios  y no pueden ser mayores a dos días. 

¿El permiso penitenciario es revocable?

Todos los privados de libertad tienen el derecho a solicitar el permiso de salida, sin embargo,  sí es revocable el proceso y puede realizare antes de la salida del prisionero con el fin de cancelar la misma antes de que se lleve a cabo.

El equipo técnico que analiza el caso puede evaluar que el sujeto no es apto para disfrutar del beneficio, incluso teniendo el derecho. La naturaleza de esta acción puede venir fundamentada en que el individuo no demuestre un comportamiento favorable una vez se haya hecho el análisis. 

Por otra parte, puede ser revocada una vez se haya otorgado el permiso o en disfrute del mismo, si se considera que el sujeto ha violado la normativa correspondiente, ha infringido la ley, cometido nuevos delitos o ha intentado escapar.  En estos casos se revoca el permiso y afecta la decisión para las futuras licencias de salida. 

 

¿Cuándo se puede acceder a un permiso penitenciario?

 

Se puede acceder al permiso cuando haya transcurrido una cuarta parte de la sentencia y en algunos casos cuando se tenga la mitad del período cumplido.  Esto incluye el tiempo preventivo y dependerá en ocasiones del centro penitenciario.  También, aplica para todos los condenados que delinquen por primera vez o reincidentes en delitos menores. 

Requisitos para solicitar un permiso penitenciario

Antes de proceder con la solicitud se deben tomar en cuenta los siguientes requisitos para la aprobación por parte del centro penitenciario: 

  • El penado debe estar en la clasificación correspondiente a delitos menores o faltas menos graves, estos están previstos en el reglamento penitenciario y tienen que ver con la naturaleza del delito cometido
  • Tener un desempeño positivo en la prisión, mantener la disciplina y buena conducta
  • Se debe indicar el domicilio y contar con el apoyo de un familiar, quien se hará responsable en el período aprobado cuando esté en el exterior de la cárcel
  • Debe haber cumplido una cuarta parte del tiempo sentenciado o la mitad en algunos casos

Procedimiento para solicitar un permiso penitenciario

Para obtener un permiso penitenciario no basta con reunir los requisitos, es necesario que se tomen en cuenta los tiempos de ejecución y el procedimiento ejecutado por la junta del centro penitenciario, que puede ser:

  • La solicitud debe ser realizada por el privado de libertad ante la junta de tratamiento del centro penitenciario, quien a su vez informará al Centro Directivo para la aprobación del Juez de Vigilancia Penitenciaria
  • La junta de tratamiento acompaña todo el proceso, son los responsables del monitoreo conductual del prisionero en el centro y realizará todas las evaluaciones pertinentes y que se consideren aptas para la salida del individuo. 
  • Se establecen las condiciones y mecanismos de control que exija el caso, por ejemplo, pudiera estudiarse si el prisionero requiere de la supervisión por parte de un oficial de seguridad o alguna otra persona que se disponga para el monitoreo.  Esta acción puede ser vista en casos de permisos extraordinarios
  • Se valora la voluntad del interno para regenerar su conducta, por lo que se analiza la realización de cursos, formación dentro de los programas educativos para prisioneros, entre otros

¿Qué pasa si se niega el permiso de salida?

Siempre se recomienda que se realice la solicitud con el acompañamiento de un abogado experto en derecho penal, porque en el caso de denegarse el permiso en salida existen varios recursos que pueden gestionarse, para impulsar que se conceda el derecho a la salida del prisionero.  Ante la negación, es posible que puedas iniciar los siguientes mecanismos:

  • Recurso de Queja: puede ser impulsado y solicitado por el mismo prisionero sin la necesidad de estar acompañado por un abogado.  Una vez que se cuente con la denegación del permiso el recluso dispone de tres días para solicitar la Queja ante el Juez de Vigilancia Privada. Se debe atacar o responder a los motivos por los cuales se negó la salida
  • Recurso de Reforma: Para gestionar este mecanismo tampoco se requiere de un abogado y se dispone de tres días para impulsar este recurso ante las mismas instancias.  En este paso deben argumentarse nuevos hechos no tratados en la Queja, que permitan evaluar nuevamente el caso
  • Recurso de Apelación:  Se dispone de tres días para emitir la relación ante el Juez y es necesaria la presencia de un abogado y un procurador para impulsar el recurso a la Sala de Audiencia Provincial
  • Recurso de Amparo: es impulsado necesariamente por un abogado y procurador de oficio y va dirigido al Tribunal Constitucional.  Es un procedimiento mucho más largo, porque pueden tratarse derechos fundamentales que han sido o no vulnerados.

Acompañamiento del Abogado

A pesar de que muchos procesos no requieren la presencia de un abogado porque no está exigido en la ley, siempre se sugiere que se consulte y apoye con un profesional de oficioLos abogados tienen la experiencia que les permite saber qué argumentos son válidos y cuáles utilizar a la hora de emitir diligencias. 

El apoyo de un abogado puede evitar que se pierda tiempo en procesos penales, porque realiza el seguimiento al caso y acude a las instancias correspondientes.  Contar con este respaldo puede acortar los tiempos en los permisos de salida y agilizar los procesos. 

 
Expertos en la tramitación y concesión de permisos penitenciarios
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