Debes tomar en cuenta que conforme al Régimen Penitenciario, los privados de libertad tienen derecho a la reformación y posterior reinserción a la sociedad una vez haya cumplido el tiempo en prisión. Con la sentencia no solamente se establece la pena a cumplir, sino que además, se dictan una serie de formas de tratamiento que deberán llevarse a cumplimiento en cada individuo. Por ello se establece una clasificación en cada caso.
Es la categorización que se realiza en cada individuo a fin de dar un tratamiento específico de acuerdo a la normativa del régimen penitenciario. Esta clasificación busca dar a cada sujeto una serie de condiciones, medidas de seguridad y restricción acordes al grado. Es de tomar en cuenta que no todos manifiestan un mismo comportamiento. En tal sentido, se plantean condiciones y límites definidos en cada prisionero.
En el grado penitenciario se toman en cuenta diversos factores, tales como: delito cometido, entorno familiar, medios económicos, historial, la personalidad del recluso, entre otros. Estos factores son analizados por un personal técnico que procederá a sugerir el grado penitenciario, para posteriormente fijar cuál sería la forma de tratamiento, las condiciones, limitaciones y proceso reformatorio que se llevará a cabo en cada prisionero.
En principio, se conforma un equipo técnico correspondiente a cada centro penitenciario, por especialistas en: psicología, trabajo social, educación, entre otros. Este equipo tendrá un acercamiento preliminar a la persona para el respectivo estudio individualizado, con el que se propone un primer grado de clasificación y se transmite a la Junta de Tratamiento. Estos, en muchos casos aceptan la sugerencia y coinciden con el grado del penado.
Posteriormente, la Junta envía una propuesta de clasificación ante el Centro Directivo, quien entonces se pronunciará sobre esta propuesta y fija la clasificación. A partir de entonces, se comunicará al reo la decisión para que este emita o no el recurso correspondiente.
Una vez se recibe la sentencia se llevan a cabo las siguientes fases para establecer el grado penitenciario de cada sujeto. Se destacan las siguientes:
Con la clasificación de cada interno se disponen de ciertas medidas tanto en materia de seguridad, como en la ejecución de controles correspondientes, por ello que resulta tan importante que se aplique la normativa de clasificación para cada persona.
Los grados de clasificación penitenciaria son los siguientes:
Una vez realizada la clasificación inicial se informa al reo y a su abogado (de tenerlo) sobre la categorización que se le ha dado, con el fin de que este tenga la posibilidad de aceptarlo o no. En el caso de que no lo admita, tiene el derecho a recurrir ante la instancia correspondiente para que se someta a consideración las razones que la fundamentan.
Por su parte, el Juez de Vigilancia posee también un tiempo en el cual es susceptible a recursos por parte de la defensa del condenado ya sea para regresar o progresarlo. En este caso, el tiempo no debe pasar de dos meses a partir del informe de la clasificación.
Una vez que el reo ingresa al centro penitenciario se le informa por escrito sobre el grado al que fue asignado. Es en este punto donde puede recurrir al Juez de Vigilancia, quien tiene competencia para recibir los recursos correspondientes, para analizar cada caso y pronunciarse en favor de admitirlo o no.
Para el caso de las comunicaciones con el Juez de Vigilancia el reo puede realizar escritos confidenciales que tengan que ver con quejas, recursos, o demandas, que vayan en favor de su beneficio por encontrar tratos desfavorables o condiciones humanas.
Dependiendo de la clasificación del penado, se rigen ciertas condiciones y tratamientos especiales para cada caso. Es en este sentido donde el reo puede estar en desacuerdo o no a adaptarse a las medidas impuestas por el centro penitenciario.
Partiendo de este punto, se puede realizar una serie de comunicaciones en las que pueden figurar peticiones sencillas o interponer recursos con el acompañamiento de un abogado para que el juez de Vigilancia se pronuncie al respecto. En el caso de las peticiones, se encuentran entre las más comunes:
También, puede presentarse recursos formales en los que únicamente el Juez de Vigilancia tiene competencia, como son los casos de:
La clasificación penitenciaria de cada reo es revisada por el personal técnico de la prisión cada seis meses. En este tiempo se estudia a profundidad el comportamiento del reo en la estancia del centro de reclusión y además, se analiza la motivación o interés de cambio positivo por parte del interno.
El fin principal de la clasificación penitenciaria es la reinserción social y el interés por resarcir el delito cometido por cada sujeto, por ello es necesario que cada cierto tiempo se vuelva a evaluar con el fin de encontrar elementos que pudieran generar una progresión o una regresión de un grado.
La progresión puede darse cuando:
La progresión puede darse de primero a segundo grado y de segundo a tercero, en ambos casos, el privado se somete a una audiencia disciplinaria que discute su situación y comportamiento.
La regresión puede darse cuando: