Abogado experto en suspensión y sustitución de pena de prisión

Derecho penitenciario

Suspensión de pena de prisión

En el año 2015 entró en vigor el Nuevo Código Penal y una de las modificaciones realizadas es la concerniente a la sustitución de la pena, que a partir de entonces,  se encontrará bajo una de las condiciones de la suspensión y no como una regla general, quedando suprimida

Suspensión de pena de prisión

¿Cuándo se puede suspender la pena de prisión?

 

La pena de prisión siempre dependerá exclusivamente de la sentencia del juez, quien determinará, previo análisis del caso, la suspensión de la pena, entendiéndose esta como el ingreso a la cárcel por parte del acusado por los delitos cometidos. En este particular, el juez puede tomar la decisión de suspender el ingreso a la cárcel, previo análisis, tanto de los hechos que dieron lugar al delito o de la persona que los comete.

La suspensión de la pena no debe ser algo que se tome como seguro, cada caso es analizado y el criterio del juez entra en relevancia.  Puede darse el hecho de que el acusado reúna las condiciones para que sea favorecido con la suspensión de la pena y el juez no la otorgue por no encontrar los elementos suficientes para que la misma sea dictada.  La decisión debe ser provocada y motivada por parte de la defensa del acusado. 

¿Cuáles pueden ser los requisitos para que una pena sea suspendida?

Cada juez tiene la potestad de decidir si es admisible o no la suspensión de una pena de cárcel, porque teniendo los elementos suficientes para que una pena sea suspendida, puede ocurrir que esto no suceda. Bajo este escenario, estos son algunos de los requisitos para que el ingreso a la cárcel sea suspendido:

  1. De tipo subjetivo: Que serán determinados por cada Juez, incluso presentándose pruebas que pudieran motivar a la suspensión, tales como: valoración de antecedentes, arrepentimiento o voluntad para reparar el daño, análisis de la conducta del individuo y otras que puedan incidir en el criterio del juez en favor del acusado
  2. De tipo objetivo: algunos requisitos objetivos para la suspensión podrían ser:
  • Que sea la primera vez que comete el delito y que la naturaleza del mismo sea menor.  En este caso, queda fuera el análisis por antecedentes penales, o delitos que sean de naturaleza irrelevante
  • Que la condena impuesta no sume dos años de pena.  En este apartado no entra en discusión el pago por multas
  • Que el condenado haya cumplido las responsabilidades de índole civil, bien sea por pagos de naturaleza económica, producto de la acusación de algún impago previo. 

¿La suspensión puede ser revocada?

La suspensión puede ser revocada y la decisión es dictada exclusivamente por el jue. Se procederá a la ejecución de la pena de cárcel cuando se presenten los siguientes escenarios:

  • Que el condenado incurra en un nuevo delito en el período de suspensión de la pena, por lo que la suspensión no puede mantenerse
  • Que aporte información falsa sobre la ubicación de bienes en caso de que se haya ordenado la declaración de los mismos en caso de alguna demanda de pagos impuesta
  • Por incumplimiento de las medidas dictadas por el juez, pudiendo estas ser modificadas o agregar nuevas prohibiciones para el condenado
  • Si se demuestra la reiteración de los delitos por parte del condenado
  • Si la suspensión supone peligro para la víctima
  • El condenado tiene intenciones de huir o incumple medidas restrictivas

¿Se puede solicitar la suspensión de la pena de prisión con antecedentes penales?

Sí se puede solicitar la suspensión de la pena con antecedentes, siempre y cuando los delitos sean menores, o no representen un daño grave, o suponga peligro para la víctima o afectado.  También, si los antecedentes corresponden a delitos que no supongan la acción de delitos futuros

 

¿Cuándo procede la suspensión condicional del proceso?

 

La suspensión condicional del proceso puede tener lugar cuando no se ha dictado sentencia durante el proceso penal y se concede a condicionar al procesado para que cumpla un período de evaluación  que contiene ciertas reglas de conducta que se deben cumplir, así como normativas dictadas o exigidas por el juez.  Esto puede otorgarse al no estar en presencia de un delito grave y que el acusado acepte la falta cometida y exista voluntad de cambio. 

Normas que debes cumplir si posees una suspensión condicional

Lo primero a tomar en cuenta es que esta medida representa un beneficio para el penado, siempre y cuando no se vulneren los derechos de la parte afectada o no se encuentren hechos que pudieran dar lugar a la comisión de nuevas faltas o delitos graves. Por ello, es indispensable que se respete lo siguiente:

  • Se fije un domicilio y se informe al ministerio público
  • En el tiempo de suspensión se debe informar periódicamente el cumplimiento de las condiciones y obligaciones ante el Ministerio Público
  • Tener responsabilidad en la administración de tratamientos médicos que hayan sido fijados por el juez o asistir a las consultas y evaluaciones médicas y/o psicológicas si fuere el caso
  • No trasgredir los límites impuestos o acudir a ciertos lugares o visitar personas.
  • Las que haya impuesto el juez y que puedan suponer la ejecución de ciertos trabajos u oficios en el período de la suspensión
  • Responsabilidades civiles que estén enmarcadas en la satisfacción de la parte afectada, suponiendo que hayan sido económicas, se deberá realizar el pago a los importes correspondientes y se velará por la satisfacción del querellante

Objetivo de la suspensión condicional del proceso

Es principalmente dar un margen de tiempo en el cual se cumplan con ciertas exigencias y se evite la continuidad del procedimiento en favor de ambas partes. Dando el beneficio al imputado de cumplir con la demanda de la parte afectada y no continuar con mayores implicaciones que pudieran desencadenar la entrada a prisión

También, persigue dar nueva oportunidad al imputado, evitando los efectos que pudiera traer una sanción penal.  Una suspensión condicional del proceso acorta el desenvolvimiento de las actividades judiciales inscritas en el principio de economía procesal.  

Cumplida la suspensión ¿qué viene después?

Cuando se hayan cumplido todos los requisitos en el plazo impuesto por el juez, queda por concluida la causa sin que se tenga afectación en el registro de antecedentes sobre la persona imputada. Se valora que la parte afectada esté satisfecha con la actuación de todas las partes.

En caso contrario, es decir, si no se cumple con las condiciones impuestas, se viola o se vulneran los derechos de la parte afectada, entonces se procede con la continuidad del proceso y se reabre el caso de manera normal. 

¿Es posible modificar las condiciones?

Sí se pueden modificar las condiciones y este proceso debe ser realizado en la misma audiencia en presencia de todas las partes implicadas obligatoriamente.  Cabe acotar que las modificaciones no deben suponer ventaja o se inclinan hacia una parte en específico. Lo que se busca es que haya resolución en buenos términos y en lapsos cortos de tiempo. 

No debe haber sentencia y debe solicitarse en el mismo período en que se establecen las condiciones. 

¿Puedo apelar si se decreta la suspensión del procedimiento?

Para todas las partes la suspensión de procedimiento puede ser apelable. Es decir, el imputado, el demandante y el Ministerio Público están en posición de apelar si encuentran motivos suficientes y comprobables para que el proceso tenga continuidad.  Un ejemplo de esto se presenta cuando el demandante o querellante introduce una apelación al no aceptar las condiciones

Debe ponerse en conocimiento a la Corte de Apelaciones según corresponda para que la misma, de encontrar probadas evidencias, pueda acoger el recurso de apelación.

 
¿Necesita presentar un recurso de suspensión o sustitución de pena de prisión?
Llámenos al 619 277 515 o 665 852 078