La división de delitos contra la fauna son penalizados con la permanencia en prisión por un lapso que va desde 6 hasta 24 meses o la imposición de multas de 8 hasta 24 meses, incluyendo la inhabilitación del oficio de cazar o pescar de hasta 4 años. Esto se atribuye a que la fauna es considerada un bien jurídico que tendrá que ser protegido a fin de garantizar la preservación de los recursos naturales y la biodiversidad.
Existen delitos que están enfocados a la fauna silvestre poniendo en peligro de extinción ciertas especies al incurrir en los mismos. De tal manera, que aquí te presentamos los delitos más recurrentes relacionados con la fauna.
Está relacionada con el acribillamiento de animales que se encuentran en peligro de extinción o aquellos que están protegidos por las leyes ambientales. Por lo general, se le denomina caza ilegal tomando en cuenta el lugar donde se realiza tal acción (pudiendo ser en áreas de protección).
La acción de realizar actividades de marisqueo constituye un delito grave, más aún si no se cuenta con el permiso respectivo tratándose de especies únicas y en espacios públicos o privados, los cuales están bajo cierto régimen cinegético especial. El mismo será castigado con cárcel o multa por un cierto periodo.
Este delito hace referencia tanto a las especies en cuestión como al traslado de las mismas. Algunos países, entre ellos España, tienen ciertas restricciones bien establecidas en cuanto a la comercialización de animales silvestres, así como también de los derivados de ellos. La ocurrencia de tal prohibición surge del intento del bloqueo de los mercados debido a la aparición de productos cuyo origen legal es de difícil comprobación.
Está referido exclusivamente a las fronteras, que es donde principalmente tiene lugar el proceso de importación y exportación de vida silvestre totalmente prohibida y que no están permitidas. De igual forma, incurren aquellas exportaciones ilegales que no cuentan con su respectivo permiso entrando en la categoría de clandestina.
Existe un organismo que se encarga de realizar análisis sobre delitos en contra de la vida silvestre, Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES). Dicho organismo establece las condiciones donde se prohíbe la exportación e importación de ciertas especies animales.
Aquí se incluye a la sociedad, ya que es quien básicamente da auge a este tipo de comercialización de especies de forma ilícita. La incursión en este tipo de delitos se atribuye a la excesiva demanda de especies en extinción por parte de países altamente consumidores.
Tendrá lugar bajo cualquiera de los delitos mencionados anteriormente donde se procede a la falsificación de los documentos con el propósito de encubrir la legalidad, carácter auténtico, volumen, origen y el destino de la especie de la fauna silvestre. Este tipo de delito se da en el punto de donde parte en el tránsito y destino del proceso. Contempla, además, la alteración de documentos aportando información falsa con el fin de proceder al engaño.
Aparte de este punto ser considerado un delito, le resta la capacidad de otros ingresos por concepto de impuestos a la comunidad respectiva. Además, constituye una competencia de forma ilegal que lo posiciona mejor en el mercado con relación a aquellos que actúan en el marco de la ley.
Guardan relación con los delitos expuestos anteriormente, ya que incluye la adulteración de documentos con el propósito de sobornar a algún funcionario para la obtención de documentación que permita tramitar con especies silvestres prohibidas. Los ingresos generados con la comercialización de la fauna silvestre generalmente hacen uso del lavado de dinero para encubrir su origen fraudulento.
Están fuertemente vinculadas con los delitos que se efectúan en contra de la vida silvestre, actuando de forma directa o indirecta. Su operatividad se realiza por lo general en las fronteras.
Los delitos que van en detrimento de la fauna silvestre traen grandes consecuencias al medio ambiente y a los recursos naturales, aún cuando se piense que no está directamente relacionado. Debes saber que la flora y la fauna constituyen parte elemental del medio natural y permiten mantener el equilibrio ecológico, siendo su destrucción un peligro latente para el medio ambiente, debiendo este ser siempre protegido.
Estos tipos de conductas destructivas afectan de diversos modos a todos los seres vivos, debiendo ser implementado cierto tipo de castigo a aquellos ciudadanos que pongan en peligro el mantenimiento del equilibrio en el ecosistema. Así pues, se establecen algunas penalizaciones en caso de delitos contra la fauna.
Algunos delitos relacionados con la caza son:
La penalización para quienes incurran en algunos de los casos anteriores será la prisión por un tiempo de 6 a 24 meses o la aplicación de una multa de 8 a 24 meses. Podrá inhabilitarse en casos especiales donde se le impida ejercer su profesión u oficio de cazar o pescar en un tiempo de 2 hasta 4 años de acuerdo a la gravedad de la falta.
En caso de la trata de especies en extinción, la aplicación de la pena será considerable, ya que esta acción produce fuertes alteraciones a su hábitat.
La realización de esta actividad sobre diversas especies, específicamente sobre aquellas que entran en un régimen cinegético especial tendrá que ser penalizado con multa de 4 a 8 meses. Además de accionar una inhabilitación especial al momento de desempeñarse en su oficio de caza o pesca.
En caso de que estas acciones delictivas generen daños considerables sobre el patrimonio cinegético, tendrá que imponerse la pena de prisión de 6 a 24 meses y la inhabilitación especial para cazar, pescar y desempeñar cualquier actividad de marisqueo por un lapso de 5 años. Cuando las conductas erradas se ejecuten en grupos de más de tres personas se impondrá una pena por encima de la mitad.
El maltrato injustificado por parte de un amo hacia su mascota pudiéndole causar cualquier tipo de lesiones, dependiendo de cuán grave fue el maltrato podrá ser aplicado a:
La ley otorga cierta protección a los animales domésticos aplicando una pena en prisión de 3 meses cuando se presente algún tipo de maltrato. Su imposición estará relacionada con varios aspectos como la utilización de armas, instrumentos, objetos, medios o métodos para ejecutar el maltrato del animal.
Resultará de gravedad aquellos casos donde está involucrado el ensañamiento con el animal, produciéndose la pérdida de algún órgano, más aún si dicha acción tuvo efecto ante la presencia de un menor de edad. En casos donde se produzca la muerte del animal la pena será de 6 a 18 meses de cárcel con inhabilitación especial de 2 a 4 años.
En España queda exceptuado el caso de las corridas de toros como delito, ya que en este caso se cuenta con la autorización de forma legal para este tipo de actividad.
El abandono de animales domésticos es considerado como una falta grave la cual podrá ser sancionada con multas de 1 a 6 meses y que conlleva la inhabilitación de 3 a 12 meses, debido a que estarías poniendo en riesgo la vida e integridad de un animal que estaba bajo tu responsabilidad.